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Peticiones, Quejas, Reclamos,
Solicitudes y Denuncias

Aquí podrás radicar
tu PQRSD

1. Normativa

La Constitución Nacional de Colombia 1991, Artículo 23 sobre el derecho fundamental de petición, establece que toda persona puede presentar derechos de petición de manera respetuosa a las autoridades por motivos de interés general o particular y tiene derecho a obtener respuesta dentro de los términos legales.
  • Ley 1437 de 2011 modificada por la ley 1755 de 2015 “Por medio de la cual se regula el Derecho Fundamental de Petición y se sustituye un título del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo”.
  • Ley 1712 de 2014 de Transparencia y del derecho de acceso a la información pública nacional.
  • Ley 850 de 2003 que reglamenta las veedurías ciudadanas.
  • Ley 134 de 1994 que establece los mecanismos de participación ciudadana.
  • Ley 1618 de 2013. por medio de la cual se establecen las disposiciones para garantizar el pleno ejercicio de los derechos de las personas con discapacidad.
  • 2. Definiciones

    Antes de radicar su solicitud, es importante que conozca algunas definiciones importantes:
  • Derecho de Petición: solicitud mediante la cual se consulta a las autoridades, por razones de interés general, particular o de información y en relación con las materias a su cargo.
  • Derecho de petición de interés general: acción que tiene toda persona de acudir ante las autoridades para reclamar la resolución de fondo de una solución presentada que afecta los intereses colectivos y puede formularse verbalmente o por escrito, en ambos casos en forma respetuosa.
  • Derecho de petición de interés particular: acción que tiene toda persona de acudir ante las autoridades para reclamar la resolución de fondo de una solución presentada que afecta los intereses individuales y puede formularse verbalmente o por escrito, en forma respetuosa.
  • Enfoque diferencial: reconocimiento de las necesidades específicas de las mujeres que deben permitir la igualdad real y efectiva entre hombres y mujeres, en todas las actuaciones de la Entidad.
  • Canales de comunicación: mecanismos por medio de los cuales un ciudadano puede interactuar con la Entidad, manifestar sus inquietudes, peticiones, quejas, reclamos y sugerencias.
  • Queja: es cualquier tipo de manifestación de inconformidad, protesta, censura o descontento que formula un ciudadano en relación con una conducta incorrecta o una acción irregular de uno o varios servidores públicos en el desarrollo de sus funciones.
  • Reclamo: es todo tipo de expresión de inconformidad, protesta, censura o descontento que formula un ciudadano en relación con la prestación indebida de un servicio o la falta de atención de una solicitud.
  • Sugerencia: es la manifestación de una idea, recomendación o propuesta entregada por un ciudadano que tiene por objeto mejorar el servicio o la gestión que se presta en cualquiera de las dependencias y servicios prestados por la Operadora Distrital de Transporte S.A.S.
  • Solicitud de Información: facultad que tienen las personas de solicitar y obtener acceso a la información sobre las actualizaciones derivadas del cumplimiento de las funciones y objeto social de la Operadora Distrital de Transporte.
  • Tiempos de respuesta: hace relación a que la respuesta emitida por la Operadora Distrital de Transporte se entregue dentro de los términos legales según sea el tipo de solicitud, que de acuerdo a la ley 1755 de 2015 la petición de documentos o solicitud de acceso a la información tiene un tiempo de respuesta de 10 días, las solicitudes de regla general, es decir las que sean quejas, reclamos, sugerencias, felicitaciones, derechos de petición o denuncias por actos de corrupción cuenta con 15 días para dar respuesta y las consultas 30 días.
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    POLÍTICA SOBRE USO, TRATMIENTO Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES

    La Operadora Distrital de Transporte S.A.S., se permite informar que en cumplimiento a lo estipulado en la ley estatutaria 1581 de 2012, consecuentemente con lo previsto en el Decreto 1377 de 2013, y demás normatividad legal vigente para el tratamiento de datos personales, da a conocer a todas las personas cuyos datos personales se encuentran administrados en nuestras bases de datos, que estos serán utilizados con los siguientes fines:

    • Adelantar los trámites y servicios que tiene a cargo, en ejercicio de sus funciones y desarrollo de su objeto social, la Operadora Distrital de Transporte S.A.S.
    • Dar a conocer los servicios ofrecidos por la Operadora Distrital de Transporte S.A.S. • Evaluar la calidad de los servicios ofertados por la Operadora Distrital de Transporte S.A.S.
    • Invitar a las partes interesadas en los procesos de participación, rendición de cuentas, eventos y actividades en el desarrollo del objeto social de la Operadora Distrital de Transporte.
    • Adelantar procesos de reclutamiento, y selección de personal idóneo para hacer parte de la planta de colaboradores de la Operadora Distrital de Transporte.

     

    El uso y manejo de los mismos, se efectúa bajo estrictos estándares de responsabilidad, dentro de los cuales está el respeto al debido proceso y a la protección de la información.

    En este sentido se informa al titular de los datos, sobre el encargado del tratamiento y protección de sus datos:

    Operadora Distrital de Transporte S.A.S. NIT: 901.526.664-7 Dirección física: Calle 59 A sur, No. 76 A-82, Perdomo, Ciudad Bolívar Correo electrónico de contacto: [email protected] Página web: www.odt.gov.co

    El proceso que está a cargo de la elaboración, e implementación de la presente política será la oficina jurídica con el apoyo de la Oficina de Comunicaciones, Atención al Usuario y Cultura Ciudadana, con quienes existe comunicación a través del correo [email protected]

    Para el tratamiento de datos personales se requiere la autorización previa e informada del Titular, la cual deberá ser obtenida por cualquier medio que pueda ser objeto de consulta posterior, lo anterior sin perjuicio de las excepciones previstas en la ley estatutaria 1581 de 2012. Quien acceda a los datos personales sin que medie autorización previa deberá en todo caso cumplir con las disposiciones contenidas en la ley.

    En todo caso, en cualquier momento el titular de la información podrá revocar su consentimiento y ejercer su derecho a la supresión de datos personales consagrado en la Ley Estatutaria 1581 de 2012. Es importante indicar que la solicitud de supresión de información personal y la revocatoria de la autorización para el tratamiento de datos personales no procederán cuando el titular de dichos datos tenga un deber legal o contractual de permanecer en la base de datos y/o archivos de la Operadora Distrital de Transporte S.A.S., ni mientras se encuentre vigente la relación entre el titular y la entidad, en virtud de la cual fueron recolectados los datos.

     

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